El Consejo Superior de Comunicación Audiovisual, el órgano deliberativo de la Alta Autoridad de Comunicación Audiovisual en Marruecos «HAK», durante su reunión del 16 de junio de 2026, aprobó una decisión normativa que regula la cobertura de las elecciones legislativas generales programadas para el 23 de septiembre de 2026.
Esta decisión, que se publicará en el boletín oficial, representa un avance cualitativo en la regulación de los medios audiovisuales durante los períodos electorales, especialmente a través de una prohibición clara y explícita del uso de inteligencia artificial en la producción de contenidos electorales engañosos.
Período electoral organizado con precisión
La decisión establece un período electoral total de 39 días, que se extiende desde el 15 de agosto hasta el 22 de septiembre de 2026, y se divide en dos fases:
- Fase previa a la campaña electoral: 26 días.
- Fase oficial de la campaña electoral: 13 días, del 10 al 22 de septiembre de 2026.
Este marco temporal preciso tiene como objetivo garantizar la igualdad de oportunidades entre los partidos políticos y los candidatos, y organizar su acceso a las emisoras y canales de televisión de manera justa y transparente. Garantizar la pluralidad y la neutralidad y combatir la desinformación. La decisión subraya principios fundamentales para la integridad del proceso democrático, entre ellos:
- Respeto por la dignidad humana y la vida privada de los candidatos.
- Prohibición de cualquier discurso que incite al odio, racismo o violencia.
- Claridad entre los contenidos electorales y los programas de entretenimiento, culturales o artísticos.
- Prohibición de la comunicación electoral encubierta.
- Obligación de los periodistas y presentadores de programas que se postulen o anuncien su apoyo a una parte política de cesar su aparición en pantalla o en el aire.
- Transparencia total respecto a situaciones de conflicto de intereses entre expertos e influenciadores.
Asimismo, se exige a los operadores (canales y emisoras) que contribuyan de manera efectiva a la lucha contra las noticias falsas, y se les prohíbe publicar encuestas de opinión electoral desde el día quince anterior al inicio de la campaña oficial hasta el cierre de los colegios de votación.
Enfoque principal: prohibición del uso de la inteligencia artificial en la desinformación electoral
El aspecto relacionado con la inteligencia artificial es la novedad más destacada de esta decisión. Ante la creciente preocupación de la autoridad sobre los riesgos que representa el uso descontrolado de tecnologías de IA en la producción de imágenes, videos y sonidos falsos (Deepfakes), el texto es claro y contundente:
«El Consejo Superior de Comunicación Audiovisual prohíbe explícitamente la difusión de contenidos electorales falsos o generados por inteligencia artificial, cuando puedan engañar al público o afectar la integridad y credibilidad del debate democrático».
La decisión exige que cualquier contenido generado por inteligencia artificial con fines educativos o explicativos esté acompañado de una etiqueta de identificación clara, permanente y no ambigua, que indique explícitamente el uso de tecnología de inteligencia artificial.
Esta medida tiene como objetivo proteger a la opinión pública de la desinformación digital en evolución, que se ha convertido en una herramienta peligrosa en las elecciones a nivel mundial.
Contenido generado a partir de la versión árabe de Tanja7.com



