El tribunal de primera instancia de Kenitra emitió un veredicto en 2024 que exonera a una persona de la acusación de difundir afirmaciones y hechos falsos, imponiéndole una multa de un millón de centavos por describir al presidente del equipo como “un burro”.
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Hechos del caso
La historia comenzó cuando un aficionado de un equipo de fútbol local en Kenitra, Mehdi Amin Bouizar, publicó una serie de entradas en su cuenta de Facebook. En ellas, criticaba severamente la administración del presidente del club, acusándolo de “dirigir al equipo hacia el abismo” (o “la catástrofe”). Entre las frases repetidas, lo describió como “un burro” en varias ocasiones.
El presidente presentó una denuncia, por lo que el aficionado fue arrestado y juzgado por dos cargos principales:
- Difundir y distribuir afirmaciones y hechos falsos con el propósito de afectar la vida privada y difamar (calumnia).
- Insulto público (ofensa pública).
El fallo y sus detalles precisos
El tribunal absolvió completamente al acusado secundario, Khalid Jamama. En cuanto a Mehdi Amin Bouizar, el tribunal dictó:
- Absuelto del cargo de calumnia y difamación.
- Condenado por el cargo de insulto público tras reconfigurar el acto.
Veredicto: multa efectiva de 10,000 dirhams (aproximadamente 1000 dólares), con imposición de costos y orden de libertad inmediata a menos que estuviera detenido por otro motivo.
La norma legal destacada en el fallo
En el documento oficial del fallo, el tribunal aclaró: “Describir a una persona como ‘un burro’, a través de medios de comunicación ampliamente difundidos, se mantiene como un insulto y no como una calumnia, por lo que los elementos del delito de difundir y distribuir afirmaciones y hechos falsos con la intención de afectar la vida privada de las personas y difamarlas no cumplen con los requisitos”.
Así, el tribunal estableció una distinción legal precisa: la palabra “burro” —a pesar de su carácter despectivo y ofensivo— no constituye “calumnia” en el sentido legal porque no implica la atribución de un hecho específico que pueda ser probado o refutado. Es un insulto verbal abstracto, por lo que se consideró dentro del ámbito del “insulto público”.
El contexto legal y social
El fallo se basa en los artículos del código penal marroquí relacionados con la calumnia y el insulto, que se aplican a las redes sociales así como a los medios de comunicación tradicionales. Con la proliferación del uso de Facebook y otros, las autoridades han intensificado la aplicación de estos artículos para hacer frente a la “ofensa digital”.
En Marruecos, describir a una persona como “un burro” es un insulto clásico que sugiere necedad o mala gestión, aunque algunos lo consideran menos grave que los insultos sexuales o raciales. La audiencia deportiva ve estas expresiones como parte de la “cultura de los estadios” aguda, mientras que otros consideran que van más allá de la crítica legítima y afectan la dignidad.
Contenido generado a partir de la versión árabe de Tanja7.com



